2 septiembre 2021
Según la reglamentación antidopaje española e internacional, el Deportista es responsable de asegurarse que la medicación que su médico de Club/selección le receta no contenga ninguna sustancia y/o principio activo que figure en la Lista de Sustancias y Métodos Prohibidos.
Para ello, lo que desde la ABP recomendamos es que el Deportista exija una receta al médico de su Club/selección cada vez que este le prescriba cualquier tipo de medicación y/o suplementación.
Asimismo, el Deportista debe evitar tomar cualquier medicamento y/o suplemento que el médico de su Club/selección no le haya prescrito.
En el caso de que otro facultativo le haya prescrito cualquier medicación y/o suplementación, antes de tomársela, el deportista debe de informar al médico de su club y/o selección y solicitarle que la supervise y confirme si la puede utilizar o no, así como si precisa AUT, y finalmente se la vise extendiéndole la correspondiente receta firmada.
En el supuesto que el deportista esté tomando cualquier medicación/suplementación que no haya sido prescrita por su médico de club /selección deberá informarle a este inmediatamente para que proceda como se menciona en el párrafo anterior.
Bajo ningún concepto el Deportista debe tomar ningún tipo de medicación y/o suplementos si no dispone de la correspondiente receta firmada por el Médico del Club/Selección.
Por su parte, el Médico del Club/Selección es responsable de asegurarse que TODO lo que prescribe al deportista, entregándole la correspondiente receta firmada, no contiene ninguna sustancia y/o principio activo que figure en la Lista de Sustancias y Métodos Prohibidos.
En el caso de que el Deportista le informe al Médico de Club/Selección que está tomando algún medicamento y/o suplemento, no prescrito por él, susceptible de contener principios activos prohibidos, el Médico de Club/Selección debe informar al Deportista de la situación y de las graves consecuencias de infringir la normativa Antidopaje.
En el caso de que el Deportista ya haya tomado la medicación prohibida sin informar previamente al Médico del Club/Selección, éste debe indicarle que suspenda su uso y registrarlo tanto en la receta como en el Libro de Registro. En caso de que la sustancia requiera una AUT, el Médico y el Deportista deben solicitarla.
Hasta la temporada pasada la Comisión para la Prevención y la Salud del Dopaje de la cual la ABP forma parte, inspeccionaba los libros y talonarios de receta para asegurarse que se cumplía con la reglamentación anteriormente expuesta. A final de la temporada pasada los médicos del Baskonia y Valencia se negaron a enviar sus respectivos libros y talonarios de receta para ser inspeccionados por parte de la CPSD de la FEB como se había venido haciendo todas las anteriores temporadas con el argumento de que los deportistas debían autorizar expresamente el envío de sus datos. A pesar de que la ABP mantiene que el procedimiento usado hasta ese momento es el correcto, la FEB decidió paralizar las revisiones hasta llegar a un acuerdo sobre el tema. En estos momentos, el proceso de inspección, a pesar de la insistencia de la ABP en reanudarlo, sigue paralizado.
Por todo ello, y dado que la obligación por parte del médico de extender la receta al jugador y entregarle una copia de la misma nunca se ha cuestionado y sigue siendo obligatorio, desde la ABP queremos informaros, que hasta que el tema de las inspecciones de libros y talonarios finalmente quede solucionado, es MUY IMPORTANTE que sigáis las recomendaciones indicadas en este documento y solicitéis y guardéis la receta de cualquier medicación/suplementación que estéis o vayáis a tomar dado que os puede ser de vital ayuda en caso de positivo.