Transparencia de la ABP ante las imprecisiones del CSD

23 julio 2014

Ante el comunicado público, repleto de imprecisiones, emitido por el Presidente del Consejo Superior de Deportes, la ABP se ve en la necesidad de efectuar las siguientes puntualizaciones:

 1º El 26 de mayo se celebró una reunión en el CSD a fin de tratar la problemática originada por el dictamen de Bruselas en relación a los distintos marcos de elegibilidad de jugadores. Durante la misma se nos anunció la intención de imponer una reducción del número de jugadores de formación a cambio de lo cual se nos ofreció la posibilidad de rebajar el número de jugadores extracomunitarios en las competiciones federativas a la vez que se pretendía incrementar a tres el número de jugadores extracomunitarios en las plantillas ACB de 12 licencias. Obviamente, rechazamos la propuesta del CSD a la vez que propusimos agotar el año de vigencia que le restaba al Convenio y mantener el statu quo federativo quedando a la espera de un eventual pronunciamiento del Tribunal Superior de Justicia de Luxemburgo que, a la postre, es la única instancia competente para establecer un criterio definitivo. De dicha reunión conviene subrayar que en ningún momento se nos propuso convocar otra posterior a tres bandas – FEB-ACB-ABP-, a fin de consensuar un nuevo marco, ni se nos ofreció -salvo lo expuesto sobre las competiciones federativas- ninguna medida para compensar el desequilibrio que se iba a producir caso de llevarse a cabo el tijeretazo y, lo más grave, es que nos sentimos presionados bajo la advertencia de que Bruselas impondría sanciones millonarias, lo cual es absolutamente falso.

 2º Pese a todo y por nuestra parte, decidimos reunirnos con la FEB y la ACB. Sin esperar ni un día intercambiamos criterios y opiniones con el organismo federativo con quien coincidimos en agotar el año de vigencia que le restaba al Convenio y continuar con el estado de cosas en el marco federativo. Sin embargo e incomprensiblemente, en la reunión sostenida con la ACB el 13 de junio, nos llevamos la sorpresa mayúscula e inadmisible de que ya conocían el contenido del que, días después, se convertiría en el tristemente célebre “Decretazo-Cardenal” que venía al ser algo así como un “traje a medida” de la ACB, lo que explica la negativa de ésta última a negociar habida cuenta de que ya conocían que sus pretensiones iban a quedar colmadas con la resolución del CSD.

3º Inmediatamente, solicitamos una reunión urgente con el S.E. el lunes 16 de junio que, finalmente, se produjo el día 15 de julio y en la que le expresamos nuestro malestar al considerar que no se había buscado el consenso necesario para modificar el marco vigente, aunque también hay que admitir que lo más positivo y destacable de la reunión fue el reconocimiento explícito por parte del S.E. del desequilibrio que producirían las medidas anunciadas, en relación al marco que la ACB-FEB-ABP habían consensuado años atrás con la mediación del CSD, así como algunas propuestas del propio CSD con las que se podía trabajar. Se nos aseguró igualmente que no se emitiría ninguna resolución en el BOE sin haber recibido en el CSD contestación de Bruselas, hecho del que no tenemos constancia que se haya producido. Para ello, el S.E. nos emplazó para el día 17 a fin de terminar de definir aquellas medidas capaces de compensar el perjuicio causado y, de éste modo, reequilibrar la situación en un breve período de tiempo. ¡Cuál sería nuestra sorpresa al despertar el mismo día 17 con el “Decretazo” recién cocinado cuando se iba a finalizar la negociación! Ante ello, nos preguntamos si, durante este proceso, ha existido una verdadera voluntad de consenso y si la neutralidad ha presidido la actuación del S.E., máxime considerando que se nos ha reprochado la falta de propuestas -de su propio escrito se desprende que hemos formulado dos- mientras que nada se dice de la total omisión de propuestas por parte de la ACB.

 4º Puntualizar, asimismo, que no es cierto que el marco modificado por el “Decretazo” sea jurídicamente invulnerable y garantice la paz, como afirma el S.E., como tampoco lo es que la derogación de la “Ley Beckham” fuera una reivindicación exclusiva de la ABP sino que fue una propuesta colectiva del conjunto de Asociaciones de Deportistas que pretendía equiparar el régimen tributario entre nacionales y extranjeros. En relación a las prioridades de la ABP señalar que, pese a nuestros múltiples requerimientos, nada sabemos del proyecto de la Ley del Deporte ni de la reforma laboral.

 5º Lamentar que se trate a los jugadores, que ante todo son personas, como simples y frías estadísticas que dicho sea de paso resultan imposibles de determinar de antemano.

 6º Señalar, por último, que nuestros servicios jurídicos están considerando la interposición de la correspondiente acción judicial contra el “Decretazo”, sin perjuicio de agotar cualquier vía de consenso que, en su caso, se nos ofrezca.